El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, anunció un cambio normativo en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (SAC) para impedir las llamadas spam, por el que las compañías telefónicas deberán bloquear las llamadas comerciales no consentidas.
Así lo manifestó el ministro en una entrevista en la Cadena Ser, donde explicó que una de las enmiendas introducidas por el Ministerio a la ley SAC regula que las empresas estén obligadas a identificar sus llamadas comerciales con un código numérico específico y para que las compañías telefónicas bloqueen todas las llamadas de empresas que no usen ese código.
Consumo introdujo, además, otra enmienda para declarar nulos todos los contratos que se suscriban a través de llamadas telefónicas no consentidas y para obligar a las empresas a renovar cada dos años el consentimiento del usuario para recibir llamadas.
La enmienda a la ley SAC para declarar nulos los contratos que se cierren en llamadas telefónicas no consentidas busca, refirió el ministro, desincentivar a las empresas a hacer llamadas no deseadas pues los contratos conseguidos en este tipo de comunicaciones quedarán anulados.
La iniciativa, explicó Bustinduy, responde al creciente volumen de quejas por parte de la ciudadanía, que denuncia sentirse presionada o confundida por estas llamadas. Asimismo, el cambio normativo pretende proteger el derecho del consumidor a decidir con libertad e información suficiente. Además, a través de esta misma enmienda, se obligará a todas las empresas a renovar cada dos años el consentimiento con el usuario para recibir llamadas comerciales.
Estas dos enmiendas se suman, recordó, a otras realizadas la semana pasada, también registradas en el Congreso por Sumar y PSOE a propuesta de Consumo, como la referida a la regulación de las suscripciones para evitar renovaciones automáticas no deseadas, y la que trata de poner coto a las reseñas falsas online.
De esta manera, las empresas estarán obligadas a comunicar con 15 días de antelación la fecha de renovación de un servicio o suscripción contratado online y deberán facilitar la baja voluntaria en caso de que se desee.
Asimismo, solo se podrá publicar una reseña en los 30 días posteriores a la compra del bien o disfrute del servicio, para garantizar que se corresponde con la opinión real y reciente. La norma se establece que la empresa tendrá garantizada la posibilidad de réplica y de solicitar la eliminación de la misma cuando pueda acreditar que no es real.
Además, Bustinduy ha explicado que la norma establece que los gastos de gestión deberán incluirse en el precio que se ofrece. Las empresas estarán obligadas a incluir, desde el principio, el precio definitivo y final de un bien o servicio que ofrece al consumidor de forma online.